Un Estado regido por un sistema económico de "libre mercado regulado" como la República Dominicana, no puede permitir que existan sectores de su economía que obstaculicen la entrada a una determinada compañía, por la simple razón de que la misma podría representar su salida del negocio. De eso precisamente se trata el libre mercado, de una competencia completa y abierta.
Por lo anterior, es legal y económicamente inaceptable – aunque no se puede decir que inesperada – la posición de los tradicionales sindicatos del transporte y del Consejo de Administración y Regulación de Taxis (En lo adelante “CART”) frente a la entrada de UBER al mercado de transporte dominicano. En ese sentido, Antonio Marte, presidente de la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA), expresó que “UBER que vaya cerrando y yéndose de aquí porque no la vamos a permitir en este país, porque no es verdad que va venir a desplazar a más de 28,000 taxis”.[1] Evidentemente, aunque es entendible la reticencia de los dirigentes de los mercados tradicionales de transporte, este tipo de posiciones desde un punto de vista legal, económico y político, no pueden ser respaldadas. En efecto, si así fuese, las estufas debieron haber sido prohibidas, para evitar la salida del mercado de los carboneros, y así sucesivamente con los diferentes oficios y actividades que por el cambio de los tiempos, y por la innovación de los mercados, han tenido que desaparecer. Sin embargo, eso no significa la desaparición de quienes ofertan dichos servicios, sino más bien el empuje a que estos se reinventen y se ajusten a los nuevos estándares, para poder competir. Por otro lado, en una rueda de prensa reciente, el CART advirtió que la compañía de transporte UBER, de los Estados Unidos, “no cuenta con permisos o licencias para operar en la República Dominicana en el sistema de taxis.” El doctor Desiderio Ruiz, presidente del CART, informó a nombre de la entidad, que esa empresa se encuentra en una situación “irregular” en el país. En efecto, UBER no está registrada como una empresa manejadora de taxis, y por tanto no se ha sujetado a los requisitos y licencias exigidos por la Ley 76-00 de 19 de septiembre de 2000, que crea el Consejo de Administración y Regulación de Taxis. Sin embargo, antes de proceder con dicho razonamiento debemos hacernos una pregunta fundamental ¿Es UBER un servicio de taxi a la luz de la Ley 76-00? Desde un punto de vista del tipo de usuario, y del tipo de mercado, Nicole Rizik explica de manera clara que no se trata de la misma actividad económica: “Algunas luces parecerían apuntar a que la similitud de los servicios es casi idéntica y que deberían pertenecer a un mismo mercado: es una compañía, que sirve de intermediaria entre el consumidor y el chofer, y tiene como objetivo llevar a los usuarios hacia una localidad específica, por un precio determinado y una comisión. Sin embargo, la plataforma digital es lo que hace interesante esta determinación y lo que ha obligado a las diferentes autoridades a limitar mercados más específicos. Si analizamos el público consumidor de Uber, no necesariamente es el mismo de los taxis convencionales o del transporte público. Si no tienes un Smartphone no puedes solicitar un Uber y esto lo restringe a una clase social con acceso a este tipo de tecnología. Por igual, si tu celular no tiene data o acceso a internet, tampoco podrías tener acceso a esta plataforma, sin embargo, desde un teléfono público puedes llamar un taxi sin inconvenientes. Por estas y muchas otras razones los economistas tendrían que analizar si el cambio entre consumidores de un servicio u otro es significativo, para poder determinar si pertenecen a un mismo mercado o no.”[2] Para UBER, no se trata de un servicio de taxis, sino que se consideran más bien facilitadores mediante una plataforma tecnológica de la figura del “chofer privado”, presentándose realmente como “una opción no para personas que utilizan taxis sino para personas que se trasladan en su vehículo particular.”[3] En efecto, UBER no es una empresa de transporte, sino una “empresa de tecnología que facilita, por medio de su aplicación, que conductores privados encuentren personas que necesitan viajes seguros y confiables.”[4] Desde el punto de vista legal, la Ley 76-00 no establece en qué consiste la actividad de un “taxi”, ni tampoco define qué tipo de “servicios de taxi” se encuentran dentro del objeto de su regulación. De tal forma que, bajo el marco legal actual, UBER tiene las puertas regulatorias abiertas para operar en la República Dominicana, hasta que el legislador, o en su defecto, nuestros tribunales, estatuyan lo contrario. Finalmente, algo que no puede dejarse de lado, tomando en cuenta los niveles de inseguridad de nuestro país, es el potencial riesgo de comisión de actos vandálicos que genera la incursión de empresas no reguladas, como lo sería UBER. Ante la inclusión de este nuevo sistema de transporte privado en el país, se hace necesario que el legislador se ponga al día y regule dicha actividad económica. De esa manera, se mitigan los posibles efectos negativos que pudieran surgir, y se equilibra la balanza con los demás mercados de transporte que sí son regulados. Del mismo modo, dicha regulación debe definir un sistema de responsabilidades ya que, si no se trata de una empresa manejadora de taxis, sino más bien de una plataforma tecnológica que une “choferes privados” con usuarios, es en el interés del usuario conocer sobre quién recaen las diferentes responsabilidades por hechos que puedan ocurrir. Para que las operaciones de UBER, así como de cualquier otra compañía que se quiera dedicar a ese tipo de servicios, puedan fluir en armonía y se garantice la protección de los derechos de los usuarios. [1] Ver más en http://www.diariolibre.com/noticias/antonio-marte-dice-que-uber-tiene-que-ajustarse-a-la-ley-HD1720108 [2] RIZIK, Nicole. “Noc, Noc (Uber en la República Dominicana)." Ver más en http://acento.com.do/2015/opinion/8293555-noc-noc-uber-en-la-republica-dominicana/ [3] Ver más en http://www.diariolibre.com/economia/empresas/uber-no-somos-taxis-y-estamos-abiertos-a-una-regulacion-que-beneficie-al-ciudadano-NA1705168 [4] Ver más en http://www.cdn.com.do/noticias/2015/11/03/conadeco-rechaza-sistema-de-taxis-uber/
1 Comment
ESM
11/4/2015 02:30:28 pm
Excelente e ilustrativo articulo que contribuye al debate de este servicio. Gracias
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